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5 pasos para saldar tus deudas con la DGII

Una guía práctica para regularizar obligaciones tributarias pendientes mediante un acuerdo de pago con la DGII.

Los dominicanos, tanto a nivel personal como empresarial, somos cada día más responsables a la hora de gestionar nuestras finanzas. Siempre le digo a mis clientes que la mejor receta para llevar una buena contabilidad es la planeación y la prevención. Sin embargo, en muchas ocasiones y por situaciones muy diversas, no podemos evitar sufrir inconvenientes como el contraer deudas.

Cuando alguien me pregunta “¿qué puedo hacer para saldar mis deudas?”, mi recomendación siempre es la misma: llegar a un acuerdo con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Mediante esta solución, puedes pagar tus deudas en cuotas iguales.

Estos acuerdos pueden ser solicitados tanto por personas físicas como jurídicas, a través de los formularios establecidos por la DGII. La institución detalla todas las condiciones en sus guías del contribuyente.

¿Cuáles son las condiciones para solicitar el acuerdo?

  1. Debes pagar un monto inicial de, por lo menos, el 10 % de la totalidad de la deuda.
  2. Debes tener inmuebles o vehículos registrados a tu nombre ante la DGII.
  3. En caso de no cumplir con la condición anterior, debes firmar un pagaré notarial donde se detalle el concepto de la deuda y el monto por el cual se realiza el acuerdo de pago.
  4. Es obligatorio no tener cuotas vencidas de acuerdos anteriores.
  5. El máximo de cuotas es 12. En mi experiencia, un truco para asegurarte este máximo es hacer una solicitud mayor como, por ejemplo, 18 cuotas.

Una vez alcanzado el acuerdo con la DGII, es muy importante no atrasarte en las cuotas, ya que a estos pagos se les aplica un recargo de 1.73 % de interés.

Espero que estos consejos te sean útiles. Si tienes alguna duda, escríbenos.

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